jueves, 12 de enero de 2012

DERECHOS Y DEBERES

        DERECHOS:
  • Derecho a usar todas las dependencias de la residencia.
  • Derecho a decorar su habitación con objetos personales, siempre que estén colocados de forma armónica, decorativa y sin deteriorar el mobiliario, paredes, etc.
  • Derechos a sus necesidades básicas de higiene, alimentación y cuidados generales.
  • Derecho a facilitar el personal diario a aquellos usuarios que no puedan valerse por si mismos.
  • Derechos a que todos los usuarios reciban por medios propios o ajenos la atención de cuidados médicos y socio sanitarios que necesiden por profesionales cualificados.
  • Derecho a ser visitados diariamente.
  • Tienen derecho a lavado, planchado de ropa personal y de cama, semanalmente o a diario si lo necesita. También a la limpieza diaria de la habitación.
  • Derecho a poder levantarse a la hora que elijan, no más tarde de las 10:00h.
  • Derecho a participar en las actividades que se origanicen, pudiendo colaborar en su desarrollo con sus conocimietnos y experiencias.
  • Derecho a que los familiares reciban información en periodos trimestrales.
  •  

     DEBERES:
  • Deben firmar el documento que acredite su compromiso a efectos de cumplir las normas establecidas, en el momento de efectuar el ingreso en el Centro.
  • Deber de informar a la dirección sobre las salidas que se hagan.
  • No se debe guardar alimentos en las habitaciones que puedan estropearse y produzcan mal olor.
  • Están obligados al cuidado del mobiliario, ropa de cama, etc... Y colaborar en el buen funcionamiento de la residencia.
  • Deben tratar al personal empleado con delicadez y respeto, agradeciéndoles los servicios que les prestan.
  • Deben respetar en todo momento, las habitaciones de sus compañeros, no entrando en ellas sin su permiso, y nunca en ausencia de estos.
  • Deben comunicar a la Dirección las anomalías que observen en la convivencia, a fin de ser comprobadas y corregidas.
  • Deben guardar las normas básicas de higiene y aseo, tanto personales como en las dependencias del establecimiento.
  • Deben abonar el importe de las liquidaciones de estancias o los precios de los servicios que se establezcan. 
  • Deben facilitar correctamente los datos que puedan dar lugar al derecho a la prestación o servicio.

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